Reglamentan las Zonas WiFi gratuitas que ofrecerán las entidades del estado

2017-11-15 Leer en voz alta


Hasta esta semana el Ministerio TIC recibía comentarios a una resolución que desarrolla el Decreto 1078 de 2015 donde se establece la creación de Zonas gratuitas WiFi en entidades del Estado, es un desarrollo importante para la política de Zonas WiFi gratis que seguramente será el motor para ampliar el acceso a Internet de las personas en Colombia.

Fundación Karisma presentó sus comentarios en los cuales desde el principio se elogia la política general que busca por todos los medios posibles aumentar la conectividad de la población colombiana. Somos conscientes de que el crecimiento del acceso a Internet está dándose a través de móviles y que entre las poblaciones vulnerables la conexión a través de WiFi es una constante. Sin embargo, precisamente esto obliga al Estado a diseñar estas políticas con total ajuste al respeto a los derechos humanos y en ese marco presentamos nuestros comentarios.

La resolución tiene dos problemas centrales, en primer lugar el acceso al WiFi como política de acceso universal se proveerá con restricciones, pues se exige el previo registro de quien quiera navegar y se ofrecerá una red que bloqueará cualquier tipo de pornografía o contenidos relacionados con terrorismo, de otra parte el diseño de la red WiFi favorece la vigilancia de las comunicaciones que suceden en esa red.

El acceso a la red será mediado por un registro que atenta contra la intimidad y, contra el derecho de las personas al anonimato. En su informe sobre anonimato y cifrado de 2016 el relator para la libertad de expresión de la ONU, David Kaye señala como tendencia preocupante de la era digital el afectar la seguridad y la privacidad en línea justificando esta afectación con amenazas terroristas.

De la lista de preocupaciones que David Kaye menciona incluye las prohibiciones al anonimato en línea y entre los ejemplos mundiales de este tipo de políticas preocupantes aparece el registro obligatorio de quienes usan computadores en cibercafés de Irán, el registro celular colombiano que existe desde 2011, o la exigencia a los usuarios de cibercafés en Rusia de identificarse al acceder a la conexión WiFi. Para el relator estos y otros son ejemplos de políticas que afectan directamente el anonimato, especialmente entre quienes acceden a Internet solo mediante tecnologías móviles y van en contravía de la obligación del Estado que es precisamente la de proteger y promover el respeto por las herramientas que permiten el ejercicio de derechos humanos.

El acceso a la red en la que se bloquearán contenidos constituye una restricción a la libertad de expresión que impuesta a una política de acceso universal resulta innecesaria, ilegal y desproporcionada. Por loable que parezca para muchos la idea de controlar la pornografía y el terrorismo la resolución no consigue justificar cómo esta medida es compatible con una política de acceso universal. En Colombia legalmente solo es posible bloquear contenidos relacionados con material de abuso sexual de niños, niñas y adolescentes, no puede el Ministerio TIC regular ahora en forma tan amplia y ambigua las restricciones al acceso a Internet de una amplia porción de la población pues estaría afectando sustancialmente la red a la que estas personas podrían acceder.

El diseño de las zonas WiFi se hace con una óptica de vigilancia de las comunicaciones pues se establece que serán monitoreadas permanentemente. La resolución establece que la red deberá configurarse de tal forma que el Mintic (o quién este designe, lo que es todavía más preocupante) hará monitoreo de las zonas WiFi y validará su operación y uso. El artículo es tan ambiguo y el protocolo escogido (SNMP) tiene tantas capacidades de monitoreo y vigilancia de las comunicaciones de quienes usen la red que no tranquiliza. Es importante recordar que la interceptación de comunicaciones tan solo es posible en el marco del artículo 250 de la Constitución. Una norma tan ambigua y con tan amplias facultades debe ser rechazada por la sociedad civil como ilegítima.

Esperamos que estos comentarios sirvan para ajustar la reglamentación y que las zonas WiFi sirvan realmente para el propósito de facilitar el acceso universal en el país.

Si quiere leer los comentarios de Karisma puede acceder a ellos acá.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.