Comentarios a la política de Carpeta Ciudadana, Plan Vive Digital

2015-12-10 Leer en voz alta

Por Fundación Karisma

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Sin duda, hay muchos beneficios de desarrollar estrategias en las que el gobierno utiliza las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) con el fin de lograr eficiencia y accesibilidad de los servicios públicos para la ciudadanía de forma más económica: estrategias de gobierno en línea. Estos programas pueden favorecer la transparencia de la acción estatal, y desarrollar mecanismos de participación ciudadana directa y de rendición de cuentas por parte del sector público. Ahora bien, en la actualidad el problema que la sociedad civil viene identificando con insistencia, es que el uso de TIC para mejorar los servicios del gobierno está ligado a la acumulación de grandes cantidades de datos que ponen en una posición de vulnerabilidad y representan un importante riesgo para la intimidad de las personas.

Durante los últimos años hemos sido testigos de la vulnerabilidad de los sistemas tecnológicos que controlan datos personales, sabemos que pueden exponerlos de muy diversas formas. Estos sistemas pueden constituir una importante afectación al derecho a la intimidad de las personas. Así, por ejemplo, sabemos del hackeo que expuso los datos de miles de empleados de Sony, o de las revelaciones resultado de las filtraciones de Hacking Team, que demuestran que la industria es vulnerable. Recientemente la concentración de información custodiada por el Estado también ha sido objeto de hackeos, como lo sucedido al gobierno estadounidense y la filtración a su oficina de personal que comprometió los datos de millones de personas funcionarias públicas. Snowden también demostró que el Estado aprovecha las TIC para desarrollar, usar y ampliar sus capacidades de vigilancia a la ciudadanía en formas tan excesivas que no pueden justificarse con preocupaciones legítimas de seguridad nacional.

Un proyecto de política pública que busca dar un correo oficial y un repositorio en la nube (como se ha definido carpeta ciudadana desde el principio, o en general para centralizar información personal como parece ser lo que se pretende hoy), para cada persona en Colombia con el fin de facilitar su interacción con el Estado tiene, en ese sentido, tantas bondades como riesgos, recuerdemos lo expresado en 2013 en el informe del Parlamento Europeo Security of e-Government System:paralelo a la implementación de sistemas de gobierno en línea, es necesario abordar el hecho de que se expone la intimidad de la ciudadanía y de las organizaciones a nuevas amenazas. A mayor disponibilidad de datos de la ciudadanía en bases datos, mayor es el riesgo de que sean accedidos por terceros o por gobiernos que usarán estos datos en forma dudosa. (Traducción nuestra)

Los sistemas actuales de interacción entre ciudadanía y Estado no permiten la concentración de los datos de una personas en un solo lugar. De hecho, su diseño es el opuesto, pues, frecuentemente, debemos llevar el mismo documento o repetir el mismo trámite (incluso en una misma entidad), precisamente, porque nuestros datos no están en un mismo sitio. No estamos diciendo que debamos resignarnos a los problemas que esto genera, ni afirmamos que esto debiera ser siempre así, solo planteamos que el diseño incluso involuntario ha sido ese.

Concretamente, partiendo de la base de que la Carpeta Ciudadana está pensada para jugar un papel importante en facilitar, mejorar y hacer más eficientes la comunicación entre ciudadanía y Estado, mejorar los trámites al brindar un espacio para almacenar documentos que se requieren en estos procesos y ofrecer un canal de comunicación oficial con el gobierno, reconocemos beneficios de esta infraestructura, pero alertamos que no es difícil imaginar los riesgos que esta iniciativa puede representar para la “intimidad personal y familiar”. Por eso, se debe actuar expresamente para mitigar su impacto. Un proyecto de gobierno como el de Carpeta Ciudadana, realmente como cualquiera de gobierno en línea, está obligado a adoptar las medidas necesarias para garantizar a toda persona el derecho a la protección de la ley contra esas posibles injerencias o ataques. Se debe pensar cómo minimizar el riesgo desde el diseño. La opción predeterminada debe ser la más garantista, incluso si luego las propias personas deciden negociar beneficios a cambio de su privacidad y ampliar así voluntariamente el alcance de exposición de sus datos.

Con base en este contexto, la Fundación Karisma presenta los comentarios a la política pública de Carpeta Ciudadana. Esperamos que sean atendidos por el gobierno.

Consulta los comentarios a la carpeta ciudadana por Fundación Karisma en versión PDF
Referencias bibliográficas de este texto:
1. Para efectos de este documento, el derecho a la intimidad y el derecho a la privacidad serán considerados sinónimos, pues en el derecho colombiano no ha prevalecido una distinción significativa. Sin embargo, para algunos académicos los dos términos tienen diferencias sustanciales como lo afirma el profesor español Megías Quirós en su texto Privacidad e Internet: intimidad, comunicaciones y datos personales. Recuperado en http://revistas.ucm.es/index.php/ANDH/article/viewFile/ANDH0202110515A/20978.  
2.  Zetter, K. (2014, 12 de febrero). Sony got hacked hard: what we know and don’t know so far. Wire. Recuperado en http://www.wired.com/2014/12/sony-hack-what-we-know/.
3.  Cuando hackean a los hackers (2015, 11 de junio). Semana. Recuperado en http://www.semana.com/nacion/articulo/los-lios-de-hacking-team-por-informacion-hackeada/434391-3.
4. Gillum, J. & Lederman, J. (2015, 7 de septiembre). San Jose Mercury News. Recuperado en http://www.mercurynews.com/business/ci_28459981/government-hack-exposed-21-million-social-security-numbers.
5.Véase De Vogue, A. (2015, 7 de mayo). Court rules NSA program illegal
6.  Véase la Declaración conjunta sobre programa de vigilancia y su impacto en la libertad de expresión (2013) del Relator Especial de las Naciones Unidas para la Protección y Promoción del Derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión, y la Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA. Recuperado en http://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=926&lID=2.
7. Unión Europea (2013). Security of e-government systems. IP/A/STOA/FWC/2008-096/LOT4/C1/SC10, p. 14. Recuperado en http://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/etudes/join/2013/513510/IPOL-JOIN_ET(2013)513510(ANN02)_EN.pdf.
8.  Artículo 15 de la Constitución Política Colombiana de 1991.


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